Qué se debe hacer en caso de que un trabajador se accidente o enferme en su ámbito laboral. Cómo realizar la denuncia del hecho y cuál es el rol del empleador en esta situación.
Si un trabajador o trabajadora sufre un accidente o enfermedad en ocasión de realizar su tarea laboral, debe informar el hecho ante su empleador quien tiene la obligación de comunicar la novedad en forma inmediata a la ART o prestaciones médicas y asistenciales contratadas (si se trata de un empleador autoasegurado).
El trabajador también puede realizar la denuncia a los prestadores médicos habilitados en caso de que el empleador no cumpla con informar el hecho. La ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enfermedad profesional. El número de contacto con la aseguradora debe ser facilitado por el empleador o estar expresado en el carnet de la empresa contratada.
La aseguradora deberá proporcionarle un número de siniestro; si esto no sucede, se debe realizar la denuncia de forma fehaciente a fin de obtener con una constancia a través de un telegrama laboral (gratuito) o personalmente en la sede más cercana de la ART.
Desde el momento que recibe la denuncia, la asegurdora debe otorgar en forma inmediata toda la asistencia médica, farmacológica, prótesis, órtesis o rehabilitación que sean necesarias, sin límites y en forma totalmente gratuita. También debe facilitarle el traslado hacia y desde el prestador médico.
A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de 10 días para rechazar el accidente o enfermedad profesional, pudiendo extender este plazo por otros 10 días, siempre que le notifique que hará uso de esa opción. Si durante ese tiempo la ART no le notifica el rechazo, queda obligada a brindarle todas las prestaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo.
Fuente: Superintendencia de Riesgo de Trabajo de Argentina
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